La cara oculta de las ayudas a la dependencia
Las ayudas a la dependencia son complejas de tramitar y están sujetas a largos procesos burocráticos. No son pocas las familias que se quejan de haber recibido estas ayudas cuando ya no las precisaban o de que su cuantía es insuficiente, pero ¿Son realmente tan escasas?
Cuantía media de las ayudas
El importe de las ayudas a la dependencia varía según el grado de dependencia estimado por la autoridad evaluadora competente y se divide en dos grupos según el tipo de asistencia: en el caso de que la asistencia domiciliaria al mayor venga desde el propio núcleo familiar (El cuidador es de la familia y se debe demostrar que lleva desarrollando las labores de cuidador durante más de dos años)
GRADO | Máxima | Mínima |
III | 387,64 | 290,73 |
II | 268,79 | 201,59 |
I | 153,00 | 153,00 |
Y en los casos en los que la asistencia se contrata a una empresa autorizada:
GRADO | Máxima | Mínima |
III | 715,07 | 429,04 |
II | 426,12 | 300,00 |
I | 300,00 | 300,00 |
Como se puede apreciar, incluso en los casos de dependencia más severa las cuantías no son muy generosas, pero el problema aumenta en el caso de la contratación a través de empresas porque la ley de la dependencia exige que la contratación del cuidador sea indirecta. ¿Qué quiere decir esto? Que hay que contratar el servicio con una empresa autorizada que tenga al cuidador en plantilla.
Empresas autorizadas frente a contratación directa
Las empresas autorizadas deben tener a los cuidadores contratados. La contratación de un cuidador por parte de una empresa supone el pago de un salario regulado por el régimen general y las correspondientes cotizaciones a la seguridad social. La empresa, para ser rentable, debe cargar sobre ese coste del empleado un margen para tener una ganancia. El resultado es que el precio por hora de la asistencia con las empresas autorizadas se encuentra en una horquilla que va desde los 14 € hasta los 20 € por hora.
En Aiudo trabajamos de otra manera: cuando un cliente nos solicita un cuidador/a llevamos a cabo una selección personalizada y todos los trámites necesarios para que la familia lleve a cabo una contratación directa. Esta contratación se lleva a cabo bajo el régimen especial de empleados de hogar que difiere en muchos aspectos del régimen general: la principal diferencia es que solo es posible entre particulares (Una empresa no puede contratar a un empleado bajo este régimen) y el precio hora queda restringido a una horquilla muy distinta que fluctúa entre los 7,9 € y los 10 € por hora (dependiendo del número de horas contratadas).
La diferencia de cobertura entre un modelo y otro es más que evidente.
Necesito un cuidador interno
El empleado/a interno no existe fuera del convenio de empleados de hogar. Si una empresa autorizada le ofrece esta posibilidad de contratación a cargo de ayudas a la dependencia está llevando a cabo un fraude de ley. La única manera de contratar a un cuidador/a interno es mediante contratación directa.
Soluciones combinadas
Son muchas las familias que deciden complementar la escasa cobertura de las ayudas a la dependencia mediante la contratación de servicios adicionales que costean de su bolsillo. Es importante conocer la existencia de la contratación directa dado que permitirá a la familia cubrir las necesidades del familiar con un presupuesto mucho más ajustado.
Contratar el cuidado de Aiudo
El hecho de que llevemos a cabo un proceso de selección a medida para cada familia y que ofrezcamos la opción de elegir entre varios perfiles supone, por un lado, un incremento en la calidad del cuidado y, por otro lado, una reducción de la rotación de cuidadores, dado que nuestra selección da lugar a relaciones más estables y duraderas entre el cuidador y la persona que requiere el cuidado.