Esto han subido las Ayudas a la Dependencia

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Lorenzo Gómez

Por: Lorenzo Gómez

Periodista, redactor experto en gerontología

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El sistema de atención a la dependencia, la promoción de la autonomía personal y la protección de la persona con dependencia son los aspectos fundamentales que articulan la Ley de Dependencia en España. El Estado asume la responsabilidad de garantizar una vida digna y con el soporte necesario. Aquellas personas que lo necesiten contarán con el conjunto de recursos, servicios y prestaciones públicas y privadas debidamente acreditadas.

Entre ellos, la prestación económica vinculada al servicio, cuya cuantía alcanzó un máximo histórico en 2025 y que seguirá vigente en 2026, con 747, 25 euros mensuales para dependientes en grado III, 445 euros para grado II y 313,50 euros para grado I. A nivel general, esta ayuda económica aumenta un 4,5% hasta alcanzar esas cuantías, según los datos ofrecidos por el Ministerio de Derechos Sociales.

¿Qué ayudas existen para la dependencia?

En la Ley de Dependencia se contemplan diferentes prestaciones económicas y servicios, esta tabla comparativa resume las diferencias clave para identificar la que más se ajusta a cada persona. 

Ayuda / Servicio Destinatarios Objetivo Principal
PEVS (Prestación Económica Vinculada al Servicio) Personas con dependencia que requieren un servicio específico como centro de día, residencia o ayuda a domicilio. Facilitar el acceso a servicios de atención específicos (centros o domicilios).
PECEF (Prestación Económica para el Cuidado en el Entorno Familiar) Familiares que cuidan a una persona dependiente en su hogar. Apoyar económicamente a los cuidadores familiares para que la persona dependiente reciba atención en su hogar.
PEAP (Prestación Económica para la Asistencia Personal) Personas con gran dependencia que necesitan asistencia personalizada en sus actividades diarias. Permitir la contratación de un asistente personal para cuidados continuos y personalizados.
SAD (Servicio de Ayuda a Domicilio) Personas en situación de dependencia que requieren ayuda con tareas cotidianas. Proporcionar asistencia directa en el hogar para tareas diarias como higiene, alimentación y movilidad.

Dentro de estas, la Ley de Dependencia también incluye servicios de:

mujer mayor sujetando el dispositivo de teleasistencia (botón rojo colgado) para personas mayores

Requisitos para acceder a cada ayuda de la Ley de Dependencia

Cabe recalcar que La Ley de Dependencia fue aprobada a nivel estatal, aunque esto garantiza unos mínimos, en términos de prestaciones y requisitos cada Comunidad Autónoma la interpreta y aplica de manera diferente ( cuantías, la tipología de servicios o la intensidad, etc.)

Ayuda / Servicio Requisitos para acceder
PEVS (Prestación Económica Vinculada al Servicio) -Grado de dependencia: Se debe tener un grado de dependencia reconocido (Grado I, II o III).

-Elección del servicio: Debe ser elegido un servicio concreto, como centro de día, residencia o ayuda a domicilio.

-Revisión de necesidades: La necesidad de asistencia debe ser evaluada por un equipo de profesionales.

PECEF (Prestación Económica para el Cuidado en el Entorno Familiar) – Grado de dependencia: La persona dependiente debe tener un grado de dependencia reconocido.

Cuidado familiar: Debe ser un familiar directo (cónyuge, hijos, hermanos) quien asuma el cuidado de la persona dependiente en el hogar.

Evaluación de ingresos: Los ingresos de la unidad familiar se evalúan para determinar si se tiene derecho a la ayuda.

PEAP (Prestación Económica para la Asistencia Personal) -Grado de dependencia: La persona debe tener un grado III (gran dependencia), o bien ser diagnosticada con una enfermedad como la ELA en fase avanzada que requiera asistencia constante.

-Necesidad de asistencia personal: Se requiere que la persona dependa de asistencia personalizada de forma continua para actividades básicas de la vida diaria.

-Evaluación de ingresos: Los ingresos y patrimonio de la persona y su unidad familiar son evaluados para determinar la cuantía de la ayuda.

SAD (Servicio de Ayuda a Domicilio) -Grado de dependencia: La persona debe tener un grado de dependencia I, II o III.

-Evaluación de necesidades: Se debe evaluar la necesidad de asistencia en el hogar para realizar tareas básicas de la vida diaria (higiene, alimentación, movilidad, etc.). 

-Disponibilidad de servicios: La disponibilidad de servicios en la comunidad depende de la región o municipio.

Diferencias entre PEVS y otras prestaciones como SAD

SAD y ayuda económica para cuidadores no son lo mismo porque uno paga a profesionales y el otro apoya a la familia, y la ley no permite pagar dos veces el mismo cuidado.

  • SAD
  • Cuando la persona vive sola
  • La familia no puede cuidar
  • Se necesita atención profesional
  • Ayuda económica al cuidador

  • Cuando ya hay un familiar cuidando
  • Se quiere seguir así

Criterios de convivencia, parentesco y condiciones de la vivienda (PEVS)

  • Convivencia: El cuidador no profesional debe convivir con la persona dependiente en el mismo domicilio, preferiblemente.
  • Parentesco: El cuidador debe ser cónyuge o pariente por consanguinidad o afinidad hasta el tercer grado (cónyuge, hijos, padres, tíos, primos, sobrinos).
  • Domicilio Habitual: La atención debe realizarse en el entorno familiar del dependiente.
  • Situación de dependencia: La persona debe tener reconocida la dependencia (Grado I, II o III) por la Comunidad Autónoma correspondiente.

hombre sentado en sillade ruedas y mujer empujando

Requisitos de la persona cuidadora no profesional

Esta tabla resume los principales requisitos para ser considerado cuidador no profesional bajo la Ley de Dependencia.

Requisito Descripción
Ser mayor de edad El cuidador debe tener 18 años o más.
No tener reconocida situación de dependencia ni gran invalidez No debe estar en situación de dependencia, ni haber solicitado el reconocimiento de dicha situación.
Acreditar capacidad suficiente para desarrollar funciones de cuidado Debe demostrar, a través del informe social, que tiene la capacidad física, mental e intelectual suficiente para cuidar a la persona dependiente.
Distancia del domicilio El cuidador debe estar empadronado a una distancia que permita el desarrollo adecuado de los cuidados.
Compromiso formal de prestar cuidados por al menos un año  Haber cuidado a la persona durante al menos un año antes de la solicitud.
No estar vinculado a una empresa de atención domiciliaria El cuidador no debe estar vinculado a una empresa o entidad acreditada para la prestación de servicios de atención domiciliaria.
Formación en cuidados a personas dependientes o compromiso de realizarla El cuidador debe tener formación específica en cuidados a personas dependientes o comprometerse a obtenerla.
Compromiso formal para asumir el cuidado El cuidador debe comprometerse formalmente a asumir la atención y cuidado de la persona dependiente.
Atención exclusiva a una persona dependiente El cuidador debe atender exclusivamente a una persona dependiente, salvo casos excepcionales establecidos por la ley.
Excepciones para atender simultáneamente a dos personas dependientes En casos excepcionales, se puede atender a dos personas en situación de dependencia, conforme a lo establecido legalmente.
No haber sido condenada por ciertos delitos El cuidador no debe haber sido condenado por delitos de lesiones, malos tratos, violencia de género, delitos sexuales, o contra la integridad y libertad de las personas, salvo que se haya extinguido su responsabilidad penal.

¿Se puede trabajar cobrando la Ley de Dependencia?

Con la finalidad de mejorar la calidad de vida de las personas dependientes y sus cuidadores, fomentar la integración laboral y sostener una red de apoyo económico que permita la tan complicada conciliación.

Es posible trabajar y cobrar la Ley de Dependencia al mismo tiempo, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos.

  • Tener reconocido el grado de dependencia.
  • Estar dado de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.
  • No superar los ingresos máximos establecidos por la ley.

Los ingresos máximos varían según el grado de dependencia y la prestación a la que se tenga derecho. Por ejemplo, para el Grado II de dependencia, el límite de ingresos es de 17.508,84 euros anuales en 2023.

El contexto familiar español tiene una tendencia a que un miembro de la familia (generalmente la mujer) asuma el rol del cuidado. Sumando la necesidad de atención de los propios familiares, el desempleo y los bajos ingresos económicos, esta ley surgió generando mucha esperanza.

La relación entre cuidador no profesional y la dependencia es significativa. La mujer familiar que ejerce el rol de cuidador es tanto la madre como la hija como la esposa. Por ello, era de suma importancia que se articulara con una serie de beneficios esta labor tan necesaria.

mujer cansada en la cocina

Convenio especial de cuidadores no profesionales de personas dependientes

Este convenio es un acuerdo que permite que las personas que cuidan a un familiar o persona dependiente puedan cotizar a la Seguridad Social.

 El Estado se encarga de cubrir las cotizaciones para que los cuidadores puedan tener derecho a jubilación, e incapacidad permanente igual que cualquier trabajador.

¿Quién puede acceder a este convenio?

  • Cónyuge o familiares hasta el tercer grado (padres, hijos, hermanos, abuelos, sobrinos, etc.).

  • Personas cercanas al dependiente, como amigos o personas del entorno cercano.

¿Cuándo no se puede suscribir el convenio?

  • Si ya estás trabajando en una actividad profesional y estás dado de alta en la Seguridad Social, excepto si trabajas a jornada reducida para cuidar al dependiente y si lo que cotizas es menor que lo que te correspondería según el grado de dependencia de la persona que cuidas.

  • Si recibes una pensión (como de jubilación o incapacidad permanente) o si estás cobrando una pensión no contributiva o pensiones extranjeras.

  • Si estás en excedencia laboral o reducción de jornada por cuidado familiar, pero esos periodos son considerados cotización efectiva.

  • Si trabajas como profesional colegiado y has optado por una mutualidad alternativa (en lugar de trabajar en el sistema RETA).

Cotizaciones y bonificaciones para Cuidadora no profesional

Aunque las cotizaciones pueden suponer una carga económica, existen bonificaciones para facilitar la inclusión de los cuidadores familiares en el sistema, especialmente si:

  • El cuidador tiene bajos ingresos.

  • El cuidador es joven o mayor de 65 años.

Si ya estás dado de alta por trabajo y al mismo tiempo cuidas a un familiar, puedes formalizar y reconocer esta labor a través del convenio especial.

Requisitos para acceder al convenio especial de Cuidadores no profesionales

  • Debes constar como cuidador/a no profesional en el PIA de la persona dependiente.
  • La persona cuidada tiene que tener concedida la prestación económica por cuidados en el entorno familiar.
  • En general, no puedes estar cotizando a jornada completa por trabajo (por cuenta ajena o propia), salvo excepciones.
  • No debes estar cobrando pensiones contributivas incompatibles (jubilación, incapacidad permanente o viudedad, según el caso).
  • No puedes tener otras coberturas/pensiones incompatibles (no contributivas, del extranjero o regímenes alternativos como MUFACE/ISFAS).
  • Si estás en RETA, solo se admite si tu alta no es incompatible con el convenio.

Alta y cotizaciones

Grados de dependencia

La ley establece grados de dependencia diferentes. Estos se determinan en base a la mayor o menor necesidad que posee la persona de recibir la ayuda de otra para poder llevar a cabo las tareas básicas de su rutina diaria. Así, hablamos de 3 grados de dependencia, más el nuevo Grado 3+ aprobado en 2025.

Se puede calcular de forma orientativa el grado de dependencia con el baremo de valoración de dependencia (BVD) del BOE.

Dependencia grado 1

25 a 49 puntos en el BVD. La dependencia moderada es la persona que necesita un apoyo intermitente diario. Es decir, para realizar las tareas básicas de la vida diaria, pero no más de 1 vez al día. Este es el grado de dependencia más bajo de los tres grados existentes.

Constituye el grado de dependencia calificado como moderado. A este pertenecen las personas que requieren ayuda temporal hasta que recuperen la autonomía que, transitoriamente, han perdido. Cuando la persona vuelve a gozar de las facultades físicas y cognitivas de las que disfrutaba anteriormente, el servicio deja de prestarse.

Ejemplo de este tipo de pacientes dependientes de grado 1 son aquellos que se han sometido a una operación o que han sufrido un accidente.

La cuidadora les asistirá en la realización de todas las labores del día a día y les ayudará y acompañará en el proceso de rehabilitación hasta lograr, juntos, la recuperación total.

Asimismo, dentro de este grado de dependencia se incluye un segundo grupo de personas. Se trata de aquellas que tienen necesidades permanentes para realizar algunas actividades, pero poseen la autonomía para desarrollar la mayor parte de las acciones y tareas diarias.

Ejemplo de este segundo tipo de personas dependientes de grado 1 pueden ser aquellas que requieren de ayuda para comprar y realizar las tareas básicas del hogar como limpiar, planchar o cocinar.

En estos casos, la cuidadora efectuará estas labores y, al mismo tiempo, supondrá una beneficiosa compañía semanal, pues estará pendiente de cualquier nueva atención que la persona requiera.

Dependencia grado 2

50 a 74 puntos en el BVD.  La dependencia severa es la persona que precisa de apoyo 3 veces al día. En estos casos, la pérdida de autonomía es casi total. Y puede ser desde el plano físico, mental, sensorial o psíquico. Este grupo de personas son atendidas de forma primordial y preferencial.

También denominado grado de dependencia severa, poseen este grado las personas que requieren de ayuda diaria, pero de manera puntual (dos o tres veces al día). Es decir, aquellos que no necesitan el apoyo permanente de un cuidador, pero sí una asistencia fija y estable.

Ejemplo de pacientes dependientes de grado 2 son personas que necesitan ayuda para, al comienzo del día, levantarse y asearse y para, al final de este, acostarse.

Habitualmente, estas personas suelen avanzar, progresivamente, hacia una dependencia total, de forma que requerirán un servicio de cuidadora interna con el que disfruten de unos cuidados completos e integrales. Durante este proceso de pérdida de autonomía, la cuidadora se adaptará a las nuevas necesidades asistenciales que vayan surgiendo, de modo que hará más sencillo y llevadero este proceso tanto para la persona dependiente como para su familia.

anciana bebiendo con pajita

Dependencia grado 3

75 a 100 puntos en el BVD. En este caso, la persona ya necesita un apoyo y atención constante e indispensable para la realización de sus actividades diarias, puesto que sufre ya una pérdida total de su autonomía, ya sea esta física, mental, intelectual o sensorial.

También se consideran personas con gran dependencia a aquellas que necesitan un apoyo generalizado, casi constante, para realizar las actividades cotidianas varias veces al día.

manos anciano

Dependencia grado 3+ Pacientes de ELA

Apenas aprobado a finales del 2025 se continua desplegado más activamente durante el 2026. Este grado está diseñado para las personas en una situación de dependencia extrema que precise cuidados 24 horas y con alta complejidad.

Requerido para pacientes de ELA en fase avanzada que necesitan una cuidadora especializada, soporte ventilatorio (>8h/día), aspiración de secreciones, o presentan inmovilidad severa.

Subida de la Ley de Dependencia

A partir de 2024, el Gobierno aprobó un incremento de las ayudas económicas por dependencia, con una subida de hasta el 17,6 % respecto a las cantidades anteriores, recogida en el BOE. Incluyendo servicios como residencias, centros de día y asistencia personal.

Entre las estimaciones del gobierno, se calcula más de 500.000 personas se beneficien de este incremento. Así serán los incrementos por cada tipo de ayuda. Estas serán las cuantías mínimas:

  • 100€ para el grado I.
  • 200€ para el grado II.
  • 300€ para el grado III.

Además, también se va aumentaron las cuantías máximas de las ayudas vinculadas al servicio de atención residencial, centro de día y asistencia personal.

  • 313,50 € para el grado I.
  • 445,30 € para el grado II.
  • 747,25 € para el grado III.

El objetivo de esta mejora en las ayudas de la Ley de Dependencia es que no se encuentre nadie cobrando menos de 100 euros al mes, partiendo de la base de que, actualmente, más de 60.000 personas no alcanzan ese umbral.

Más horas para la ayuda a domicilio

La Ley de Dependencia mantiene el incremento de las horas mensuales de ayuda a domicilio de 2025. Establecidas de 20 a 37 horas para dependientes de grado Ide 38 a 64 horas mensuales para el grado II y de 65 a 94 horas al mes para dependientes de grado III. Estas horas se fijaron en los contratos nuevos (desde el 1 de agosto) como a las revisiones del Programa Individual de Atención (PIA).

El PIA es el documento donde se especifican las necesidades y servicios personalizados de cada persona dependiente.

Si el PIA de una persona es revisado, se aplicarán las nuevas intensidades de atención según las horas establecidas por el nuevo marco legal. Pero nunca menor a las mínimas marcadas.

Las horas asignadas de ayuda son la base mínima que todas las autonomías deben respetar, pero no impide que cada Comunidad Autónoma lo interprete o gestione de forma distinta.

El despliegue de la reforma de horas continua progresivamente en 2026, buscando también agilizar trámites, ayudas y con un enfoque especial en casos complejos como el Grado 3+ diseñado para la atención 24 horas y casos que requieren atención constante.

La Ley de Dependencia y el cuidado de personas mayores

Cabe destacar que las ancianos no son, necesariamente, personas con dependencia. Ni las personas con dependencia han de acusar necesariamente la vejez. No obstante, la ley de dependencia aplica a todos aquellos colectivos, de mayor o menor edad que necesiten de apoyo para realizar las tareas del día a día.

Cualquier discapacidad física, cualquier demencia, cualquier discapacidad psíquica y cualquier enfermedad que merme la autonomía de la persona. Son objeto de atención para enfocar todos los recursos destinados a través de los poderes públicos.

En cuanto al cuidado de personas mayores y/o personas con discapacidad, existen de necesidades de todo tipo. Pero lo más habitual es que todos ellos estén desatendidos. Los pocos privilegiados que cuentan con la ayuda a la dependencia son aquellos que cuentan con 300-400 € para destinarlos a alguna empresa. Esta cuantía les permite una minoría de horas semana ya que suelen no superar las 10 horas semana. anciano y persona joven caminando

Cómo solicitarla prestación económica del SAD

Cada grado y Comunidad Autonómica establece unas horas dependiendo del grado de dependencia. Puedes solicitar información y estudiaremos tu caso sin compromiso.

Aspecto Servicio de Ayuda a Domicilio (SAD)
Qué es exactamente
  • Una persona profesional (auxiliar o cuidador/a contratado/a).
  • Entra en el domicilio de la persona dependiente.
  • Presta atención personal y/o doméstica.
  • Durante horas concretas fijadas por la administración.
Quién cuida
  • Un/a profesional cualificado/a.
  • Pertenece a una empresa, ayuntamiento o entidad acreditada.
Quién organiza
  • La administración pública
  • O una empresa concertada
  • Establece horarios, tareas y controles
Ejemplo 📌 Viene una auxiliar 1 hora al día a ayudar con el aseo, la comida o la limpieza básica

Compatibilidad con otros servicios y prestaciones.

Algunas de las reformas que entraron en 2025 fue la eliminar las incompatibilidades en las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.

Algunas comunidades autónomas como la Comunidad Valenciana, ofrece recursos de compatibilidad entre prestaciones.  Puedes consultarlo en lugares oficiales como en los Servicios Sociales de tu municipio, la web de Comunidades Autónomas que adjunten tablas o guías oficiale

Comentarios para Esto han subido las Ayudas a la Dependencia

11 Responses

    Lida dice:

    Para acceder al servicio de actividades para el anciano, que se debe hacer o a donde ir?? Gracias

    Ester dice:

    Hoy 1 de febrero aún no se ha cobrado la ley de dependencia.Alguien sabe porqué?

    Maria Bejan dice:

    Estamos al dia de 30 de enero 2024 y no he cobrado todavia, si alguien sabe algo, porfavor que lo explique. Gracias

    Oscar dice:

    Por favor que pasa con la dependencia en Castilla y León en 2024 sube la cuantía para cuidado por familiares

    Fernando Vargas Batista dice:

    Que dia del mes de enero 2024 con CaixaBank se cobra la ley de la dependencia.Estamos a dia27 de enero 2024 y aún no he cobrado…. espero noticias suyas gracias

    José María Rodríguez Martínez dice:

    Para mí, me ha venido genial, haber leído, lo que han publicado. Gracias…

    Daniel dice:

    Hola que tal, mi mujer tiene una incapacidad permanente total y me gustaría saber por favor si con esta incapacidad tiene un 33 % de discapacidad y si fuera así, tendría que solicitarla o es automático, gracias

    Félix Sánchez Piñero dice:

    Tengo 78 años, me jubilé a los 60 años, y me aplicó la Seguridad Social una penalización del 40 %.
    Actualmente no puedo andar por problemas de columna que según los médicos no es aconsejable operar. ¿Puedo solicitar un incremento de la pensión?

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