¿Puede trabajar un cuidador no profesional?

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Celia Alcaide

Por: Celia Alcaide

Psicóloga. Redactora experta en Laboral y RRHH

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La respuesta es sí que puede trabajar un cuidador no profesional. En España existe por ley el derecho a percibir una paga por cuidar a un familiar o dependiente.

Se trata, en muchos casos, de una profesión que se ejerce mediante formación académica, pero, ¿qué ocurre si no se cuenta con esa formación?

El cuidado de ancianos y niños con necesidades especiales es una realidad patente en muchos hogares y se ha tenido que actuar desde la administración general de manera ágil y rápida para dar soluciones eficaces.

De ahí que nazcan los cuidadores no profesionales, que han cobrado especial relevancia con el paso de los años ante esta situación. Se encargan de cuidar a una persona dependiente a las que les une un nexo conyugal o de parentesco por consanguinidad, afinidad o adopción, hasta el tercer grado.

Cabe señalar que la figura del cuidador no profesional es una figura que ha sido desarrollada y promocionada desde los poderes públicos sin atender a que es una solución “temporal” que permite cubrir de una forma -no profesional- la necesidad de unos cuidados profesionales que deberían cubrirse en todos los casos en el que exista dependencia.

Es cierto que, es un apoyo para aquellos familiares que realizan labores de cuidados de un familiar de forma diaria. Ya que hay que tener en cuenta que hay muchos familiares que, por motivos de cuidados familiares, no tienen posibilidad de acceder a un empleo estable. De esta forma se compensa el cuidado familias.

El cuidador no profesional es una figura que ha sido desarrollada y promocionada desde los poderes públicos sin atender a que es una solución “temporal”

No obstante, debemos tener muy claro que las personas con dependencia deben contar con un cuidado profesional, dejando el cuidado familiar (no profesional) en un segundo plano. Y que incentivar el cuidado no profesional es negativo para la calidad de vida de la persona con dependencia y que únicamente sirve para “escurrir el bulto” por parte de la administración que no dota de recursos suficientes la atención de personas con dependencia.

En ocasiones, las funciones de estas personas las puede desempeñar alguien cercano a la persona dependiente, ya sea un familiar o incluso un amigo.

Entre las funciones de un cuidador no profesional se encuentran:

  • Atender a personas dependientes y a todo su entorno.
  • Cuidar de su higiene personal.
  • Realizar las tareas del hogar que la persona dependiente más requiera su ayuda.
  • Administrar la medicación que necesite dicha persona.
  • Acompañamiento a los traslados que sean necesarios para la persona dependiente, como pueda ser el banco o el médico.
  • Tratamiento de la persona desde un punto de vista empático y psicológico.
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¿Se tiene derecho a percibir una paga por cuidar de un familiar?

, la Ley de Dependencia reconoce una ayuda por cuidado de un familiar, en forma de prestación económica para realizar los cuidados necesarios en el ámbito familiar.

Se trata de una modalidad de cuidados pensada para la figura del cuidador no profesional.

En caso de darse la pérdida de autonomía física, mental y sensorial las personas dependientes pueden tener a su cargo un cuidador no profesional con el objetivo de ayudarles a realizar las actividades rutinarias, tanto en el hogar como fuera de él.

Este cuidador o cuidadora profesional puede ser:

  • Su cónyuge.
  • Pariente de sangre o afín, hasta el tercer grado de parentesco, es decir, tíos, sobrinos o bisabuelos.

Además, se podrá ser beneficiario de esta prestación siempre que lo hayan hecho durante 1 año antes de presentar la solicitud y con las condiciones adecuadas.

Una hija, cuidadora no profesional, cuida a su madre en casa.

¿Cuánto paga un cuidador no profesional a la Seguridad Social?

Desde el 1 de abril del año 2019 los cuidadores no profesionales beneficiarios de la Ley de Dependencia pueden suscribir un convenio especial con la Seguridad Social sin necesidad de pagar ellos las cotizaciones.

Así lo tiene reflejado el portal web de la Seguridad Social, que informa de toda la información referente a la figura del cuidador no profesional, así como sus compatibilidades.

Ahora bien, es necesario suscribirse a dicho convenio especial para poder ejercer de cuidador no profesional y cobrar una prestación por ello.

Esto es, desde el año 2019, las cotizaciones sociales de estos convenios corren a cargo de la Administración General del Estado y no supone gasto alguno para el cuidador no profesional.

El cuidador no profesional según la Ley de Dependencia es una figura protectora que puede ejercer los cuidados hacia la persona dependiente siempre y cuando no se encuentre en situación de alta en cualquier régimen de la Seguridad Social a tiempo completo.

Un primer plano de las manos de cuidador no profesional agarrando las de su madre anciana.

La Seguridad Social y cuidadores no profesionales: Ventajas desde su origen

Desde el año 2007, el gobierno ha ido realizando ciertas modificaciones en esta materia, pues se aprobó que el organismo central debía hacerse cargo de abonar las cuotas de la Seguridad Social de cada cuidador no profesional.

Pero en el año 2012 se decidió paralizar este proceso debido al alto coste que suponía para las arcas públicas.

Una situación que, finalmente volvió a su origen,  para el beneficio de los cuidadores no profesionales. Entre las ventajas que esto trae se encuentran:

  • El tiempo que la persona cuidadora le dedique al dependiente se incluye en su vida laboral y tendrá derecho, posteriormente, a recibir prestaciones.
  • Las personas suscritas a convenio antes del 1 de abril de 2019 se beneficiarán de que el Estado se haga cargo de las cuotas que se deberán abonar.
  • No tendrá que realizar ningún trámite el cuidador no profesional si cumple el punto anterior, puesto que la Seguridad Social se hace cargo de ello.
  • Si el convenio del cuidador se dio de alta a partir del 1 de abril también se beneficia de este nuevo escenario, pues todas aquellas personas registradas en el Programa Individual de Atención como cuidadores no profesionales podrán suscribirse al nuevo estatuto.

En la imagen aparece un cuidador no profesional, un hijo, abrazando a su padre mientras caminan por el campo.

¿Cómo dar de alta en la Seguridad Social a cuidadores no profesionales?

Para poder ser beneficiario de este tipo de ayuda, es necesario acudir al Servicio Social Municipal o bien al centro de Atención Primaria de la provincia o municipio donde resida la persona dependiente.

El trámite para dar de alta en la Seguridad Social a un cuidador no profesional pasa por varias vías diferentes:

  • Acudir a la Administración de la Tesorería General de la Seguridad Social y presentar un formulario (TA. 0040), al igual que otros documentos tales como la resolución de la prestación económica de dependencia y los DNI del cuidador no profesional y de la persona dependiente.
  • Asimismo, puede hacerse por vía telemática, aunque en este caso es preciso contar con un certificado electrónico y seguir los pasos de la web oficial de la Seguridad Social para darse de alta en este tipo de convenio.

Dos vías para solicitar el convenio especial de cuidadores no profesionales en situación de dependencia

La ayuda a la dependencia puede solicitarse acudiendo a los servicios sociales municipales o en centros de atención primaria de su municipio o provincia de residencia. De esta forma, la Ley de Dependencia, en España, permite a las familias con personas mayores o personas dependientes solicitar ayudas en servicios distintos y ayudas económicas.

De esta forma, alrededor de un 36% de ancianos necesitan ayuda de otra persona en su día a día.  Gracias a este convenio, estos cuidadores no profesionales pueden trabajar cotizando a la Seguridad Social y defendiendo los derechos de un trabajo muy voluntarioso y sacrificado.

  • Si se prefiere la vía presencial, se deberá acudir a la Dirección Provincial o Administración de la Tesorería General de la Seguridad Social, presentando el formulario TA.0040, así como la resolución de la prestación económica de la dependencia y el documento identificativo del cuidador no profesional y de la persona dependiente.
  • Si, por el contrario, la vía telemática es la elegida, será necesario disponer de un certificado electrónico para darse de alta en el convenio especial.

No obstante, desde Aiudo gestionamos todo el trámite pertinente para acelerar el proceso de incorporación de cuidadores hacia personas dependientes.

Requisitos para ser cuidador no profesional

De esta forma, en aras de poder recibir una prestación para cuidar a una persona dependiente se debe cumplir una serie de requisitos imprescindibles:

  • Tener 18 años o más.
  • No contar con ningún grado de dependencia.
  • Contar con un informe social donde se refleje su capacidad física, mental e intelectual para el cuidado de la persona dependiente.
  • Disponer de residencia legal en la Comunidad Autónoma en cuestión, así como estar empadronado a menos de 2o km del domicilio de la persona que atiende.
  • El cuidador deberá acreditar un documento firmado, para comprometerse a realizar las funciones de cuidado, al menos, durante un año.
  • El cuidador no profesional no deberá estar vinculado a un servicio de atención profesionalizado.
  • Debe disponer de formación específica en cuidados y asistencia a personas o, en su defecto, comprometerse a realizarla.
  • El cuidador no puede desempeñar ninguna actividad laboral en caso de que esté atendiendo al máximo número de personas.
  • Dependiendo del grado de dependencia del solicitante se podrá trabajar solo de esto. Si la persona dependiente puede desempeñar actividad laboral, como pueda ser un taller ocupacional, el cuidador no profesional podrá desempeñar alguna otra actividad laboral.
  • La persona cuidadora no profesional no debe estar sometida a ningún delito de agresiones, de malos tratos, violencia de género o delitos sexuales

Cuidadores no profesionales: algunos datos a tener en cuenta

Desde que en el año 2007 los cuidadores no profesionales empezaron a tener a tener la posibilidad de suscribirse al Convenio Especial con la Seguridad Social para mantener sus cotizaciones se ha aumentado el número de suscritos a esta modalidad.

Según el Instituto de la Mujer, se calcula que existen más de 6 millones de cuidadores no profesionales en España, y 8 de cada 10 son mujeres

Además, según este organismo, desde que se dio la posibilidad de incorporarse a este Convenio Especial con la Seguridad Social se habrían podido crear 1.800.000 puestos de trabajos nuevos como cuidadores no profesionales.

Asimismo, se estima que si el trabajo de un cuidador no profesional estuviese reconocido por ley representaría más del 9% del empleo en España y el 4,2 %, del PIB nacional.

Convenio especial de cuidadores no profesionales: ¿Qué es y qué requisitos tiene?

El convenio especial de cuidadores no profesionales se trata de un acuerdo suscrito por la Seguridad Social por el cual aquellas personas que tengan familiares dependientes a su cargo pueden cotizar por sus cuidados.

De esta forma, los años dedicados al cuidado de la persona dependiente se integran en su vida laboral y contribuyen a generar derecho a prestaciones como la de jubilación o la de incapacidad permanente.

Conviene recordar que desde el pasado 1 de abril, los cuidadores no profesionales de beneficiarios de la Ley de Dependencia pueden suscribir un convenio especial con la Seguridad Social sin tener que pagar ellos las cotizaciones, como venía ocurriendo desde 2013.

Un plano de dos personas juntando las manos en claro gesto de apoyo de una hacia la otra.

Cuidador no profesional: requisitos

Asimismo, para estar suscrito al convenio especial de cuidadores no profesionales se tienen que tener en cuenta los siguientes requisitos:

  • El cuidador no profesional no debe estar dado de alta en cualquier régimen de la Seguridad Social a tiempo completo, desempleo o sea perceptor de determinadas
    prestaciones.
  • Para figurar como cuidador no profesional en la Seguridad Social no se puede estar cobrando por desempleo, jubilación o incapacidad permanente.
  • Para acceder a la solicitud de cuidador no profesional en la Seguridad Social, si ya recibe una pensión por viudedad, no debe tener más de 65 años.
  • No estar de baja laboral por cuidado de familiares se considera aportación a cotización válida.

Una infografía que muestra los requisitos para ser cuidador no profesional y cotizar por ello en la Seguridad Social.

Cuidador profesional: incompatibilidades

Del mismo modo que existen requisitos para ser cuidador no profesional y acceder a un derecho a prestación por cuidar de un familiar, existen incompatibilidades para ser cuidador no profesional a tener muy en cuenta.

  • Recibir prestaciones por desempleo, jubilación, viudedad o incapacidad permanente.
  • Estar incluido en la Seguridad Social.
  • Realizar un servicio de atención profesionalizado.
  • Tener vínculos por algún delito de: carácter sexual, malos tratos o violencia de género.

Solicitud de cuidador no profesional: distinción entre comunidades

Como punto de partida, conviene destacar que solicitar el alta en la Seguridad Social como cuidador no profesional tiene procedimientos algo distintos en función de la Comunidad Autónoma.

Las ayudas por tener una persona mayor a cargo, o dependiente, varían según la diferente legislación autonómica, y cuenta con unos requisitos algo dispares en función de donde se resida.

Las ayudas para personas mayores o dependientes recogidas en la Ley de Dependencia se resumen en servicio de teleasistencia, ayuda a domicilio, centro de Día y de noche, atención residencial, ayudas para prótesis dentales, subvenciones para viajes, así como prestaciones económicas.

Desde Aiudo ponemos a disposición de las personas dependientes cualquier servicio de atención personalizada con cuidadores profesionales totalmente ajustable a las necesidades de la persona que lo requiera, por horas, en fines de semana o cuidadoras internas.

Comentarios para ¿Puede trabajar un cuidador no profesional?

10 comentarios

  1. Buenas a que edad me puedo jubilar siendo cuidadora de mi hija grado dependencia 3 y convenio especial pagado por el estado desde 2006 cuido a mi hija y trabaje de joven 8 años más. Llevo cotizados 23 años. Nacido en Octubre 1958. Trabajo remunerada ya lo dejé en 1998. Cual es mi edad de jubilacion ley nueva o antigua, . No puedo ir a la Ley antigua? Porque. Gracias

  2. Buenas noches.
    Soy cuidador no profesional de mi madre que tiene dependencia de grado 2. A ella le ingresan 300 € al mes. Hace 2 meses que me di de alta en el convenio especial pero no percibo ninguna remuneración. Querría saber si puedo compatibilizarlo con algún tipo de trabajo, por ejemplo como empleado del hogar de mi madre.

  3. Buenos días, tengo trabajo a jornada completa, actualmente estoy de baja por ansiedad a raíz de un ictus que sufrió mi marido hace 6 meses, puedo ser yo la cuidadora no profesional de el sin dejar ni trabajo??

  4. Temgo 55 años y he estado como cuidador no profesional desde el 2016 hasta 2023 que a fallecido en junio
    me vale para la vida laboral

  5. Buenos días.
    Les envío este email porque tengo una madre con Parkinson y me gustaría saber si podría contratar una cuidadora por horas solo para algunas veces sobre todo sábados o domingos en las tarde-noche.
    Me gustaría saber si hay un límite de horas, cuanto cuesta la hora, con cuánta antelación debería avisar etc.

  6. No sabía que cuidadores no profesionales podían cuidar de nuestros mayores y otras personas con dependencia. Imagino que puede ser una opción que merece la pena valorar en determinados casos. Sin embargo, no todo el mundo cuenta con los conocimientos necesarios para realizar estas tareas correctamente, por lo que creo que un cuidador profesional siempre será un mejor opción. Muchas gracias por la información, me ha sido de gran ayuda.

    1. Hola Curso de Atención Sociosanitaria online,

      La figura del cuidador no profesional surge en determinados casos hasta el tercer grado de parentesco, sobre todo para cuidar a hijos o padres con discapacidad y no autogobernables. Desde el año 2019 además no se paga a la Seguridad Social para poder ejercer de ello.

      Quedamos a tu entera disposición.

      Un cordial saludo de todo el equipo de Aiudo.

  7. Estamos valorando alternativas para el soporte del cuidado de mi abuelo de 99 años. Vive en casa. Sufre de demencia senil y dificultades para llegar al lavabo para hacer sus necesidades. Pero no sufre ninguna enfermedad o patología adicional. Estaríamos bye redadlos en recibir detalles de una cuidadora interna 24 h / 7 días por semana ( provincia Barcelona ). Así como adicionalmente, soporte en el hogar por horas ( hay un mínimo de horas ?). Presupuesto y a partir de cuando y cualificación/ experiencia de la persona son las preguntas más relevantes. Gracias

    1. Buenas noches Mar,

      Nuestro equipo de selección se pondrá lo más pronto en contacto contigo a través del mail que nos has dejado.

      Recibe un cordial saludo,

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