Hacienda ‘premiará’ si se convive con personas mayores: hasta 1.150 euros

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Vivir con una persona mayor de 65 años puede tener beneficios fiscales significativos en la declaración de la renta. Desde Hacienda continúan concediendo los beneficios fiscales significativos y vivir con una persona mayor traerá consigo un regalo en formato de dinero.

Las deducciones disponibles pueden ayudar a las familias a aliviar la carga económica de cuidar a sus seres queridos mayores que, en muchos casos, supone un desembolso adicional a los gastos fijos.

La campaña finalizó el 1 de julio, siendo este el último día que tenían los contribuyentes para realizar el trámite de Hacienda. Si se validó la deducción relacionada por acogimiento de personas mayores de 65 años se beneficiará con 1.150 euros. 

La Agencia Tributaria beneficiará con 1.150 euros a las unidades familiares que convivan con una persona mayor de 65 años. Este beneficio fiscal será apartado a través de la Declaración de la Renta, donde cada ascendiente con la edad citada desgravará este importe.

Además, esta cantidad puede ascender a 1.400 euros si el ascendiente supera los 75 años.

Un plano detalle de unas manos de una joven enseñando algo en el móvil a una persona mayor.

Requisitos para la deducción

Cuidar personas mayores es susceptible de bonificaciones. Para poder beneficiarse de esta deducción, se deben cumplir ciertos requisitos a la hora de presentar la declaración:

  • El ascendiente debe ser mayor de 65 años a la fecha de devengo del impuesto, normalmente el 31 de diciembre, o tener un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.
  • Es necesario convivir con el contribuyente al menos la mitad del período impositivo, es decir, un mínimo de seis meses. Se considera que los ascendientes con discapacidad que dependen del contribuyente y que están internados en centros especializados cumplen este requisito.
  • El ascendiente no debe haber obtenido rentas superiores a 8.000 euros anuales, excluidas las rentas exentas del impuesto durante el ejercicio económico de 2023.
  • El ascendiente no debe presentar declaración del IRPF con rentas superiores a 1.800 euros.

¿Qué ocurre si fallece el ascendiente?

En el caso de fallecimiento del ascendiente, la cuantía del mínimo por ascendiente aplicable será de 1.150 euros. Además, en una declaración conjunta de unidades familiares, no se aplica el mínimo del contribuyente al otro cónyuge, pero sí se computa el incremento del mínimo del contribuyente si su edad es superior a 65 o 75 años.


Cuidar a personas mayores en situación de Dependencia es una tarea difícil de compaginar para todos aquellos que se encuentren trabajando en una jornada de 40 horas semanales, por lo que la Agencia Tributaria ha querido ‘compensar’ esta carga con una serie de deducciones a tener en cuenta.

En España hay unas 638.000 personas que cuidan a dependientes mayores de 70 años dentro del hogar y, teniendo en cuenta la tendencia futura, en la que habrá una población más envejecida. hay que seguir de cerca este tipo de bonificaciones que pueden aligerar a más de una familia.

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