Aprobados dos nuevos derechos para las empleadas del hogar: evaluación de riesgos laborales y exámenes médicos

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Celia Alcaide

Por: Celia Alcaide

Psicóloga. Redactora experta en Laboral y RRHH

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El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un real decreto con el que pretende ir más allá en materia de beneficios laborales en el sector de las empleadas del hogar dando luz verde a dos nuevos derechos: la evaluación de riesgos laborales online y el reconocimiento médico gratuito.

Se trata de un avance más dentro del marco de los derechos laborales de las empleadas de hogar, que desde el año 2022 ha visto cómo este sector, claramente feminizado, ha ido mejorado paulatinamente en cuanto a sus condiciones de trabajo.

Tras varios meses de retraso, las empleadas del hogar van a estar protegidas por una normativa específica de prevención de riesgos laborales. 

El texto plantea una evaluación de riesgos en los domicilios donde trabajen, que se acompañará de la dotación del material de seguridad necesario y reconocimientos médicos. No obstante, se estima que habrá que esperar hasta el año 2026 para ponerla en marcha del todo.

Más responsabilidades para los empleadores

Uno de los principales objetivos de las evaluaciones a los empleadores es que se proporcionen equipos adecuados así como formación en materia preventiva en el momento de contratar. Se prevé también la elaboración de protocolos de actuación en lo referente a la prevención de la violencia y acoso en el empleo doméstico.

Se prevé que la implementación de este protocolo de actuación frente a situaciones de violencia y acoso en ámbito laboral se elabore en el plazo máximo de un año desde la publicación del real decreto.

Esta formación se realizará solo una vez aunque se preste servicio en varias casas y se hará dentro del horario de trabajo si es posible, o fuera de la jornada, pero compensable con tiempo de descanso equivalente.

Obligaciones de los empleadores para gestionar la prevención de riesgos laborales de las empleadas de hogar

Con la aprobación de estos derechos en dicho Consejo de Ministros, se anuncia la necesidad de gestionar la prevención de riesgos laborales en empleadas de hogar. Ello conlleva  una serie de obligaciones para los empleadores como son:

  • Realizar una evaluación inicial de los riesgos para la seguridad y salud de las personas trabajadoras que prestan servicios en el hogar familiar, teniendo en cuenta, con carácter general, las características de la actividad y de las personas empleadas,
  • Si los resultados de la evaluación pusieran de manifiesto situaciones de riesgo, la persona empleadora quedará obligada a adoptar medidas preventivas necesarias para eliminar o reducir y controlar tales riesgos,
  • Cuando las personas trabajadoras del servicio del hogar familiar queden expuestas a un riesgo grave e inminente con ocasión de su trabajo, estarán obligadas a adoptar las medidas necesarias para solucionar su causa y dar las instrucciones necesarias para que quede interrumpida su actividad y, si fuera necesario, abandonar de inmediato el domicilio.
  • Deberá proporcionar a las personas trabajadoras equipos de trabajo adecuados para el desempeño de sus funciones y adoptará las medidas necesarias para que su utilización pueda efectuarse de forma segura.
  • Tendrá que asegurarse de que las personas trabajadoras tienen a su disposición toda la información necesaria en relación con los riesgos para la seguridad y la salud del trabajo que desempeñan, así como respecto de las medidas de protección y prevención aplicables a dichos riesgos, colmando así su derecho de información.
  • Las personas empleadoras deberán permitir la participación de las personas trabajadoras en el marco de todas las cuestiones que afecten a la seguridad y la salud en el servicio del hogar familiar.
  • La persona empleadora asumirá personalmente la organización de la actividad preventiva, designando una o varias personas trabajadoras para ocuparse de dicha actividad, o concertando dicho servicio con un servicio de prevención ajeno.
  • Las personas empleadoras deberán acreditar que las personas trabajadoras a su servicio cuentan con el reconocimiento médico que garantiza la vigilancia de su salud.

Evaluación de riesgos laborales en el domicilio

La primera de las novedades que trae la norma es que se obliga a la prevención de riesgos laborales para las empleadas del hogar. Así, los empleadores, familias en su mayoría, dispondrán de una herramienta online que facilitará el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST), así como el Sistema Nacional de Salud (SNS), en el que se podrán realizar exámenes médicos, de manera gratuita y periódica.

Una chica joven enseña en la tablet algo divertido a una anciana.

Reconocimiento médico para las empleadas del hogar

El segundo de los derechos que se ha aprobado en el Consejo de Ministros es el cumplimiento de un reconocimiento médico a las trabajadoras. Este es único, aunque se tengan varios empleadores, con una periodicidad trienal, y requerirá del expreso consentimiento de la persona trabajadora con “las debidas garantías de respeto a su intimidad”, tal y como recoge la Agencia EFE, que ha tenido acceso al real decreto.

En lo que respecta a los empleadores, las familias no tendrán que asumir, en principio, mayores costes, salvo que quieran contratar un seguro que les garantice el servicio. El coste, en cualquier caso, “no deberá recaer en modo alguno sobre las personas trabajadoras”, aclara la norma. No obstante, el empleador sí que deberá asumir la provisión gratuita de “los equipos de trabajo adecuados para el correcto desempeño de sus funciones” y los repondrán cuando sea necesario.

Otros derechos

A partir de ahora y, sobre todo, tras su aprobación en el BOE, las empleadas del hogar tendrán otros derechos vinculados con la prestación por baja médica, el derecho a la formación o la prevención de riesgos laborales, de igual manera que el resto de asalariados de España.

Esta iniciativa supone otro de los avances en materia laboral de este colectivo que ya contempló hace dos años la aprobación del derecho a paro de las empleadas del hogar, que también introdujo la obligación de informar a la trabajadora de sus condiciones laborales por escrito.

Según la Justicia Europea, se trataba de una discriminación indirecta por razón de sexo/género al ser un colectivo altamente feminizado, proporción que no se da en el otro régimen.

El Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo: clave para la ampliación de derechos

La aprobación del Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) para la ampliación de los derechos laborales de las empleadas del hogar, que integran un sector que supone el 3,25% del total de empleos en España, está más cerca. Tras la celebración de este Consejo de Ministros se está todavía más cerca en la equiparación de los derechos laborales de las personas trabajadoras que pertenecen a este colectivo.

Este Convenio 189, aprobado en 2011, es un paso adelante para asegurar que los trabajadores domésticos sean informados sobre sus condiciones de empleo de forma adecuada, verificable y fácilmente comprensible, de preferencia cuando sea posible, mediante contratos escritos en conformidad con la legislación nacional o con convenios colectivos.

El punto de inflexión fue una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que señaló la discriminación que suponía cómo estaba diseñada la norma para estas trabajadoras.

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Habrá que esperar para implementar la norma

Hay que tener en cuenta que la norma no entrará en vigor al menos hasta enero de 2026 y las nuevas obligaciones no serán exigibles hasta seis meses después de que el INSST tenga lista la plataforma, un desarrollo para el que dispone de un plazo de diez meses.

De esta forma, el Gobierno pretende dignificar poco a poco un sector acechado por unas cifras altas de economía sumergida y que, como consecuencia de ello, ha visto cómo la afiliación en el sistema especial de empleadas de hogar ha caído un 2,9% en 2023, un descenso que roza el 9% si se compara con los datos de 2019.

En lo que respecta al primer trimestre de 2024, se estima que un unas 577.000 personas trabajaban hasta la fecha en el empleo doméstico, unas 50.000 que hace cinco años. No obstante, según cálculos de la Seguridad Social, al menos un tercio del total de empleadas del hogar, estarían sin estar dadas de alta.

En resumen, estas son algunas de las nuevas medidas que se han aprobado en el Consejo de Ministros:

  • Reconocimiento médico gratuito.
  • Protocolo para la prevención del acoso.
  • Guía para la prevención de los riesgos laborales (para las personas trabajadoras).
  • Herramienta -gratuita- para evaluar los riegos en el trabajo (para las personas que contraten).
  • Derecho a paralizar la actividad por parte de los trabajadores en caso de riesgo grave e inminente sin perjuicio.

La defensa y ampliación de los derechos de las empleadas del hogar siempre ha sido una profunda reivindicación de Aiudo desde nuestros orígenes.

Es por ello que cada nuevo derecho adquirido por este colectivo tan vulnerable es una conquista que nos tomamos casi como un éxito empresarial.

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