El Gobierno aprueba el histórico derecho a paro de las empleadas de hogar

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Celia Alcaide

Por: Celia Alcaide

Psicóloga. Redactora experta en Laboral y RRHH

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El pasado mes de junio se aprobó el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que fue el paso previo a lo que, desde hoy, es una realidad: la empleadas del hogar tienen derecho a recibir una prestación por desempleo.

Las empleadas de hogar tienen derecho a paro. Hoy, martes 6 de septiembre de 2022, el sector de los cuidados está de enhorabuena, ya que el Consejo de Ministros ha ratificado una mejora en las condiciones laborales de las empleadas del hogar.

Tras mucho tiempo de reivindicaciones ya era un secreto a voces. La vicepresidenta y Ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ya dijo sobre esta materia el paso mes de junio que el derecho a percibir la prestación por desempleo “es una cuestión de justicia“.

En este sentido, el pasado viernes, el secretario de Estado de Empleo, Joaquín Pérez Rey, ya anunció durante la rueda de prensa de valoración de los datos del paro su intención de llevar al Consejo de Ministros del 6 de septiembre este derecho.

Y todo comenzó a raíz de hacerse oficial la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea tras una denuncia de una empleada del hogar a la Seguridad Social, que abrió la puerta a reconocer este derecho.

La sentencia determinó que la exclusión constituye una discriminación indirecta por razón de sexo en el acceso a las prestaciones de la Seguridad Social

El jefe del Ejecutivo destacó la pasada semana que de esta forma el Gobierno reconocerá los derechos laboral y la dignidad laboral de estas trabajadoras y “asumirá como propio y hará realidad” la petición de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) tras ratificar en junio por unanimidad el convenio 189 de este organismo que obliga a reconocer el paro a este colectivo.

Unas 400.000 personas afiliadas al Régimen del Hogar podrán cobrar la prestación por desempleo

Con esta noticia, cerca de medio millón de empleadas del hogar pasarán a formar parte del Régimen de la Seguridad Social, dejando el Régimen Especial de Empleadas de Hogar.

Si bien es cierto que para ello tendrán antes que cotizar durante al menos un año y, además, su despido no será tan fácil como hasta ahora, ya que se abole el desistimiento como causa de este, según han confirmado a este periódico fuentes del Ministerio de Trabajo.

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Hasta ahora el despido a una empleada del hogar era algo bastante sencillo de llevar a cabo. Esto es, cuando el empleador entiende que ya no necesita los servicios de una empleada doméstica, puede rescindir el contrato sin necesidad alguna de argumentar los motivos Ahora, con esta aprobación, las condiciones se regirán por el resto de asalariados en España. Esto implicará una indemnización como la de cualquier otro trabajador del Régimen General: 20 días por año trabajado y un límite de 12 meses en caso de que sea objetivo, o 33 días por año trabajado y un máximo de 24 mensualidades si es un despido improcedente.

Además, gracias a este hecho histórico se incluyen una serie de bonificaciones enfocada a reducir el coste de la cotización a los empleadores.

Por último, en caso de despido, será el Fondo de Garantía Social (Fogasa) el que se haga cargo de las indemnizaciones de aquellos empleadores que se declaren insolventes. Una circunstancia que antes no se daba.

Las empleadas del hogar sin contrato por escrito serán consideradas indefinidas y a 40 horas

Con los reales decretos 901 y 902 se entiende que se está ante trabajos de baja calidad y “si hay un trabajo importante en nuestras vidas es el de los cuidados y el de las limpiezas” en palabras de Yolanda Díaz.

De esta forma, el real decreto reitera que cualquier relación de trabajo en la que no se establezca un contrato por escrito se entenderá como indefinida y a jornada completa. Lo mismo se dará con los contratos de duración determinada, cuya duración sea igual o superior a cuatro semanas, y que deberán constar por escrito.

Se pretende combatir el fraude y la economía sumergida que tanto ha acechado al sector doméstico durante años

Además, con esta nueva reformulación, si una trabajadora está contratada por menos de 60 horas mensuales, que viene a ser unas dos horas al día, serán los empleadores quienes asuman las obligaciones en materia de cotización, y no las trabajadoras.

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