Ingreso Mínimo Vital y cuidadoras: requisitos y plazos

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Celia Alcaide

Por: Celia Alcaide

Psicóloga. Redactora experta en Laboral y RRHH

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El Ingreso Mínimo Vital (IMV) va a ser aprobado en las próximas horas por el Consejo de Ministros. A la espera de conocer algunas especificaciones, recogemos los puntos más importantes de esta ayuda:

Qué es la Renta Mínima Vital

El Ingreso Mínimo Vital es una ayuda económica de carácter “permanente y habitual“ creado para paliar la difícil realidad económica a la que, en los próximos meses, muchas personas se van a enfrentar. Entre ellas, las cuidadoras de personas mayores que, como consecuencia de la coyuntura que estamos atravesando, se han quedado en una situación de desempleo. Este ingreso se suma al anuncio que hizo en marzo el Gobierno por el que reconocía que las empleadas del hogar tendrían derecho a paro durante la crisis del coronavirus.

Se espera que, en un primer momento, la medida llegue a 100.000 hogares. Aunque, se estima que con el tiempo sean 850.000 los hogares que reciban esta ayuda. En ellos conviven alrededor de 2,3 millones de personas y más de la mitad tiene menores a su cargo.

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Requisitos para pedir el Ingreso Mínimo Vital

Las cuidadoras que se encuentren en desempleo podrán obtener la Renta Mínima Vital si cumplen los siguientes requisitos:

  • Residir en España.
  • Tener entre 23 y 65 años.
  • Haber vivido, al menos, tres años de forma independiente.
  • Haber cotizado, al menos, un año a la Seguridad Social.
  • Estar en búsqueda activa de empleo.
  • Encontrarse en una situación de pobreza y vulnerabilidad.

La ley entiende que esta circunstancia existe cuando el ingreso promedio mensual del año 2019 es inferior a la cuantía mensual de la renta pública que le corresponde en función de las características de dicho hogar.

Para determinar esto, se tendrán en cuenta los siguientes datos:

  • Renta familiar.
  • Patrimonio neto (restando la deuda y excluida la vivienda habitual).
  • El dinero disponible en cuentas corrientes o fondos de pensiones.

¿Cuáles son las unidades familiares que el Ingreso Mínimo Vital contempla?

Para conceder la ayuda, se tendrán en cuenta los núcleos familiares que habiten en un mismo hogar. En el caso de los hogares en los que residen dos adultos, estos deberán tener un vínculo matrimonial o de pareja de hecho y los correspondientes familiares deberán ser de hasta el segundo grado por consanguinidad o afinidad (hermanos, cuñados, abuelos y nietos).

Como prueba de dichos vínculos, se deberá presentar el libro de familia, el certificado del Registro Civil y el certificado de empadronamiento en la misma vivienda.

Partiendo de estas unidades familiares, podrán beneficiarse del Ingreso Mínimo Vital los hogares compuestos por:

  • Una única persona (hogares unipersonales).
  • Dos o más personas mayores de edad sin hijos.
  • Núcleos familiares monoparentales.
  • Dos o más adultos con menores a cargo.
  • Víctimas de violencia machista que se hayan visto obligadas a huir de su domicilio.

¿Es compatible con tener un empleo?

Sí, poseer un trabajo es compatible con el cobro del Ingreso Mínimo Vital, siempre y cuando se cumplan los requisitos anteriormente expuestos.

Igualmente, será compatible con las ayudas de inserción que ya dan las comunidades autónomas. Cuando se dé esta situación, el hogar en cuestión percibirá la Renta Mínima Vital y la renta regional se recalculará para recibir solo un porcentaje de esta.

¿Cuál es la cuantía del Ingreso Mínimo Vital?

La ayuda económica va desde los 462€ para los hogares formados por una sola persona hasta los 1.015€ para las familias compuestas por dos adultos con más de dos menores a su cargo.

Así, en base a las 14 tipologías de familia que se establecen, la cuantía del Ingreso Mínimo Vital será la siguiente:

TIPOLOGÍA FAMILIAR RENTA MENSUAL

(en €)

Un adulto 462
Un adulto y un niño 700*
Un adulto y dos niños 838*
Un adulto y tres o más niños 977*
Dos adultos 600
Dos adultos y un niño 738
Dos adultos y dos niños 877
Dos adultos y tres o más niños 1.015
Tres adultos 738
Tres adultos y un niño 877
Tres adultos y dos niños 1.015
Cuatro adultos 877
Cuatro adultos y un niño 1.015
Otras familias 1.015

 

*Incluyen 100€ más de complemento a las familias monoparentales.

Fuente: Seguridad Social (2020).

¿Cuándo y dónde se podrá solicitar?

La Renta Mínima Vital podrá solicitarse desde el 1 de junio.

La solicitud se podrá realizar a través de la sede de la Seguridad Social. Pero, esta vía no será la única, de manera que en los próximos días se anunciarán los otros canales a través de los que el Ingreso Mínimo Vital podrá ser solicitado.

En cuanto al cobro del mismo, se espera que comience a aplicarse a finales del mes de junio.

Comentarios para Ingreso Mínimo Vital y cuidadoras: requisitos y plazos

2 comentarios

  1. Hola yo estoy cobrando el ingreso mínimo vital y mi hijo tiene dependencia y me han dado de alta por convenio especial cotizo pero no me dan una nómina es compatible verdad?

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