Cheque servicio Comunidad de Madrid: qué es y cómo conseguirlo

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Daniel Ibiza

Por: Daniel Ibiza

CEO-fundador, trabajador social

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Las personas que sufren de la pérdida de autonomía personal y que se encuentran en situación de dependencia disponen a su alcance de ayudas que la Ley de Dependencia establece. Una de estas ayudas es el cheque servicio de la Comunidad de Madrid.

Para conocerlo en profundidad y saber si nuestro familiar puede optar a esta ayuda, respondemos a las principales preguntas sobre el mismo:

¿Qué es el cheque servicio de la Comunidad de Madrid?

Tal y como hemos adelantado, se trata de una ayuda económica dirigida a personas en situación de dependencia que precisan atención y cuidado profesional. El cheque va destinado a cubrir el gasto periódico que dicha necesidad asistencial supone para las familias.

Así, se trata de un recurso en el que se concede al beneficiario una Prestación Económica Vinculada a un Servicio (prestación personal destinada a contribuir a la financiación del coste de un servicio del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia).

De esta forma, el cheque servicio nació para que todo ciudadano en situación legal de dependencia que no pueda acceder a un servicio público o concertado de atención y cuidado sí pueda hacerlo a una red asistencial privada.

¿En qué centros puedo utilizar el cheque servicio?

El cheque puede ser utilizado en la empresa o centro que el usuario desee, de forma que goza de libertad para escoger la oferta asistencial que más le agrade. Solo hay un requisito marcado: solo puede ser entregado a centros acreditados/autorizados por la Comunidad de Madrid

¿Cuál es la cuantía máxima y mínima del cheque servicio?

La cuantía depende del grado de dependencia que el usuario que lo solicita tiene reconocido.

La administración pública distingue tres grados de dependencia:

Grado de dependencia Máxima euros/mes Mínima euros/mes
III 715,07 429,04
II 426,12 300,00
I 300,00 300,00

¿Qué significa cada grado de dependencia del cheque servicio?

Numerados de I a III, esta diferenciación se establece en base a la situación de dependencia del usuario:

  • Grado de dependencia I: Dependencia moderada.

“Cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria, al menos una vez al día, o tiene necesidades de apoyo intermitente, o limitado, para su autonomía personal”.

  • Grado de dependencia II: Dependencia severa.

“Cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día, pero no quiere el apoyo permanente de un cuidador, o tiene necesidades de apoyo extenso para su autonomía personal”.

  • Grado de dependencia III: Gran dependencia.

“Cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria varias veces al día y, por su pérdida total de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, necesita el apoyo indispensable y continuo de otra persona, o tiene necesidades de apoyo generalizado para su autonomía personal”.

¿Quién determina el grado de dependencia?

La Dirección General de Atención al Mayor y la Dependencia es la encargada de valorar y determinar el grado de dependencia del interesado.

Es el propio interesado el que debe iniciar el procedimiento a través de los Servicios Sociales del ayuntamiento en el que está empadronado. Tras cumplimentar la solicitud y aportar la documentación necesaria, los profesionales de la dirección autonómica se pondrán en contacto con el mismo para fijar el día y la hora de la valoración.

¿Dónde se solicita el cheque servicio?

Conforme hemos indicado en el punto anterior, la solicitud de esta prestación económica se realiza a través de los Servicios Sociales correspondientes al municipio en el que la persona dependiente está empadronada.

¿Cómo se solicita el cheque servicio?

Antes de solicitar el cheque servicio, el usuario debe poseer estos dos requisitos previos:

  • Tener reconocida la situación de dependencia y asignado el grado concreto de la misma.
  • De acuerdo con las necesidades y preferencias del beneficiario, que el Programa Individual de Atención (PIA) determine esta modalidad de ayuda como la más adecuada para la situación específica de la persona a atender.

Una vez el usuario cumple con ambas premisas, los siguientes pasos a seguir son:

  1. Solicitud ante los Servicios Sociales del ayuntamiento de empadronamiento del usuario.
  2. En caso de serle aprobado, el ciudadano recibirá el cheque servicio, el cual deberá entregar en el centro o empresa de titularidad privada en la que desea ser atendido (recordemos que debe ser un centro acreditado por la Comunidad de Madrid).
  3. Una vez la empresa seleccionada por el usuario recibe el cheque servicio, debe abrirlo y cumplimentar su parte de la documentación.
  4. Tras ello, la empresa prestadora del servicio deberá remitirlo con las firmas de ambas partes a la Dirección General de Coordinación de la Dependencia con el fin de que lo apruebe.
  5. Tras la concesión de la prestación, será la empresa gestora la encargada de justificar el abono del servicio y el usuario comenzará a recibir en su cuenta, con frecuencia mensual, la cuantía de dicha prestación.

¿Qué documentación se ha de presentar?

El usuario deberá presentar, debidamente cumplimentada, la siguiente documentación:

  • NIF/NIE del solicitante.
  • Empadronamiento en un municipio perteneciente a la Comunidad de Madrid.
  • En el caso de presentar algún grado de invalidez deberá acreditarse con la documentación correspondiente.
  • Informe del estado de salud no superior a 3 meses desde la solicitud del cheque regalo.
  • Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Ventajas del cheque servicio

Este tipo de ayuda presenta unas ventajas nada desdeñables:

  • Libertad de elección. El usuario puede elegir libremente el centro donde quiere ser atendido.
  • Mayor oferta. Articula una nueva oferta pública de servicios sociales, por lo que amplía el escenario asistencial desarrollado para atender a las personas dependientes.
  • Calidad en la atención. Debido a que el centro debe estar autorizado por la Comunidad de Madrid, se garantiza que este cumple con los requisitos y condiciones adecuados para prestar un servicio asistencial completo y de calidad.
  • Facilita la gestión administrativa. Una de las virtudes de esta ayuda establecida por la administración madrileña es la simplificación de los trámites burocráticos y la consiguiente rapidez de su aprobación. Asimismo, el sistema informático diseñado para el manejo y gestión del cheque es de gran sencillez y comodidad.
  • Buen elemento comunicativo. A través de la idea de cheque, el ciudadano identifica mejor en qué consiste el tipo de ayuda económica aprobada.

En Aiudo formamos parte de esa red asistencial de calidad destinada a mejorar el bienestar de las personas dependientes. Nuestra profesionalidad y nuestro esfuerzo en la prestación de los mejores cuidados son reconocidos por la Comunidad de Madrid al acreditarnos como empresa garante de la adecuada utilización del cheque servicio.

Nuestro equipo se encarga no solo de la gestión administrativa del mismo, sino de su objetivo último: encontrar el cuidador más afín a la persona en situación de dependencia, proporcionándole la calidad de vida que él y su familia merecen.

Comentarios para Cheque servicio Comunidad de Madrid: qué es y cómo conseguirlo

4 Responses

  1. Donde puedo ver el listado de centros acreditados/autorizados por la Comunidad de Madrid.
    Como puedo solicitar el servicio si mi trabajador social me manda que llame al 012, y el no lo tramita?

  2. Estoy buscando cuidador interno. Quisiera saber si en estas circunstancias también se puede solicitar el cheque como ayuda para entregar a Aiudo. Mi madre tiene un grado III

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