Las empleadas de hogar podrían compaginar su sueldo con el paro

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El Gobierno está cociendo a fuego lento una medida que podría afectar a todos los trabajadores, también a las empleadas de hogar.

El Ejecutivo aprobó a finales de mayo la reforma del subsidio por desempleo. De esta forma, a partir de ahora, se podrá contabilizar la prestación contributiva con un empleo por cuenta ajena cuyo salario bruto mensual no supere 2.250 euros al mes con el IPREM actual, que es de 600 euros. Este indicador se mantiene sin cambios con respecto a 2023.

El IPREM es el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, IPREM, es un índice cuyo valor se establece en los Presupuestos Generales del Estado y establece el límite de las rentas personales y familiares que sirve de base para obtener determinadas ayudas sociales: becas, ayudas escolares, determinadas ayudas para la compra o alquiler de vivienda, asistencia jurídica gratuita, bono social eléctrico, subvenciones o subsidio de paro.

La reforma, acordada con CCOO y UGT y que no han suscrito CEOE y Cepyme, contempla también un aumento por tramos de la cuantía de esta ayuda, actualmente de 480 euros al mes (80% del IPREM) y amplía el colectivo de beneficiarios.

IPREM Mensual en 2023 IPREM Anual (12 pagas) IPREM Anual (14 pagas)
600€ 7.200€ 8.400€

¿Se puede cobrar el paro y trabajar?

Sí, de acuerdo a la nueva norma que pretende poner en marcha la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz. Así, las personas que encuentren empleo a jornada completa y estén cobrando la prestación por desempleo podrán seguir compatibilizándolo aunque la prestación será reducida y solo durante un período determinado, previsiblemente de tres meses.

Vamos a permitir la compatibilidad con la prestación contributiva de desempleo”, ha señalado la ministra de Trabajo, sin dar más detalles de esta nueva medida que presentaron después a los sindicatos y a la patronal en la mesa que trata de alcanzar un acuerdo para la reforma del subsidio por desempleo.

El real decreto-ley que decayó en enero en el Congreso de los Diputados hacía posible combinar ambos ingresos durante 180 días, con independencia del tipo de contrato, dado que hasta ese momento se limitaba a los acuerdos laborales parciales, lo mismo que sucede con la prestación contributiva por lo que se espera que el cambio vaya en esta dirección.

La novedad al respecto es que la legislación actual permite compatibilizar la prestación contributiva de desempleo con un trabajo a jornada parcial, con la consiguiente reducción de la cuantía, pero no a tiempo completo, que es lo que propone el Gobierno. Aunque existe una excepción, ya que si una persona es mayor de 52 años sí puede combinar simultáneamente esta ayuda con un contrato a tiempo completo indefinido o temporal, siempre y cuando que la duración sea superior a tres meses.

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Requisitos para cobrar el paro mientras se trabaja

En general, si una persona encuentra un trabajo a tiempo completo y está cobrando el paro o prestación contributiva por desempleo, la ayuda que gestiona el Servicio Público de Empleo Estatal se interrumpirá. Sin embargo, hay que tener en cuenta estas dos circunstancias:

  • Si el contrato dura menos de 360 días: al finalizar, se puede solicitar la reanudación de la prestación que se estaba cobrando.
  • Si dura más de 360 días, el beneficiario puede escoger alguna de estas dos opciones:
  1. Volver a cobrar la prestación en el lugar en la que se situó.
  2. Pedir una nueva prestación contributiva: en este caso se tendrán en cuenta las nuevas cotizaciones que se hayan efectuado, aunque para ello se dispone de un plazo de 10 días para hacer el trámite en el SEPE.

La normativa permitirá compatibilizar la prestación por desempleo con un empleo asalariado, siempre y cuando se hayan recibido nueve meses de prestación y se tenga derecho a al menos un año de prestación.

También, puede producirse el caso que una persona esté cobrando un subsidio, debido a que no tenía, en un principio, la cotización suficiente, es decir, al menos de 360 días, y ahora, con las cotizaciones del nuevo trabajo, es posible tener acceso a la prestación contributiva, por lo que se disfrutará de una mayor cuantía.

Además, los trabajadores residentes en Marruecos que hayan desempeñado su última relación laboral en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, amparados por autorización de trabajo para trabajadores transfronterizos, podrán acceder a la protección por desempleo de nivel contributivo sin necesidad de acreditar residencia en España.

Un plano corto de cuatro manos, dos de una mujer joven que abrazan a dos manos de una anciana.

¿Cuándo se podrá cobrar el paro mientras se trabaja?

Esta medida comenzará a aplicarse a partir del 1 de abril de 2025.

Según el Real Decreto 2/2024, del 21 de mayo, que introduce el ‘complemento de apoyo al empleo’, el ministerio dirigido por Yolanda Díaz ha decidido ampliar los beneficios no solo a los trabajadores, sino también a los beneficiarios del subsidio por desempleo y a los becarios. 

¿Una empleada de hogar puede trabajar y cobrar el paro al mismo tiempo?

De acuerdo a esta nueva medida que pretende impulsar el Gobierno, las empleadas de hogar pueden llegar a ser directamente afectadas.

Desde la Asociación Nacional de Agencias de Colocación (ANAC) aseguran a Aiudo que todavía no es seguro que esta aprobación afecte incisivamente a las empleadas de hogar en jornada completa.

No sabemos aún si esta medida es aplicable al régimen especial de empleo en el hogar. No obstante, en todo caso, podría aplicarse al régimen externo por horas, nunca a régimen interno. 

Otro factor es que no todas las empleadas de hogar tienen el suficiente tiempo cotizado para solicitar la ayuda por desempleo desde que se publicó el RD 16/2022“, explican fuentes directas de ANAC.

Estas conclusiones esbozan que habrá que esperar, en cualquier caso, a ver en qué términos se pronuncia el Gobierno en referencia a las empleadas de hogar.

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