Trabajar como empleada de hogar en España conlleva una serie de derechos y obligaciones, reconocidos en un conjunto de leyes que, en los últimos años, han significado un avance positivo para el sector. Entre ellos, se pueden destacar: la ampliación de la cotización, por desempleo y por el Fondo de Garantía Salarial.
Sin embargo, el aumento de esta también engloba, como consecuencia directa, un aumento en la cuota de la Seguridad Social por parte de los empleadores de las cuidadoras. Por eso, el Gobierno ha incluido algunas bonificaciones dentro de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, con el fin de reducir el impacto económico que esto genera en la economía de las trabajadoras.
¿Las empleadas del hogar tienen derecho a ayuda familiar?
Sí, desde la regulación laboral del sector de las empleadas del hogar, con la aprobación del Real Decreto-ley 16/2022, del 6 de septiembre, estas pueden disfrutar de unos derechos y acceso a bonificaciones en concepto de ayuda familiar.
En caso de haber agotado la prestación contributiva y existir responsabilidades familiares (cónyuge o hijos menores de 26 a su cargo), en lugar del subsidio para mayores de 45 años, las empleadas del hogar tienen la posibilidad de solicitar el Subsidio de Ayuda Familiar, que tiene una duración mayor al de 45 años.
Los hijos a cargo deben ser menores de 26 años para poder acceder a este subsidio.
A continuación se mencionan los supuestos casos para acceder a una bonificación en concepto de ayuda familiar:
- Si es menor de 45 años y ha agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses, la empleada del hogar tendrá derecho a totalizar 24 meses.
- Si es mayor de 45 años y haber finalizado el ingreso de una prestación contributiva de, al menos, 4 meses, tendrá derecho a totalizar 24 meses.
- Si es mayor de 45 años y ha terminado de ingresar una prestación contributiva de, al menos, 6 meses, tendrá derecho a totalizar 30 meses.
En este caso, la cuantía del subsidio también es de 480 euros mensuales.
- Por un lado, está el subsidio por insuficiencia de cotización. Y es que, en caso de que hayan trabajado menos de un año, las empleadas domésticas también pueden acceder a esta ayuda. Aunque su duración dependerá de los meses cotizados, y de si existen o no, responsabilidades familiares.
La cuantía mensual del subsidio por desempleo es igual al 80% del indicador público de rentas de efectos múltiples (IPREM), que tras su subida para 2023, supone 480 euros al mes.
- Por otro lado, existe la opción de solicitar el subsidio para mayores de 45 años, que es una ayuda, también de 480 euros al mes, para personas de 45 años o más que estén en situación de desempleo durante un largo período de tiempo, hayan agotado la prestación contributiva y no consigan un empleo debido a su dificultad para acceder al mercado laboral.
¿Existe una bonificación para trabajadoras de hogar en situación de incapacidad temporal?
Sí, se puede solicitar este beneficio en el supuesto de que la trabajadora cumpla con los requisitos de estar en situación de incapacidad temporal y tenga una edad, igual o superior, a 62 años. En este caso, el empleador podrá solicitar la reducción del 75% en la cuota de contingencias comunes, mientras dure la baja médica.
La Ley 21/2021, determina que: “las empresas tendrán derecho a una reducción del 75 por ciento de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes durante la situación de incapacidad temporal de aquellos trabajadores que hubieran cumplido la edad de 62 años”.
¿Qué bonificación se puede solicitar por nacimiento de menor?
Hasta el 1 de septiembre de 2023, seguirá en vigor el Real Decreto-ley 11/1998 por el cual las empleadas del hogar se benefician por nacimiento de su hijo. El mismo bonifica al 100% las cuotas de Seguridad Social por parte del empleador en caso de que, durante los períodos de descanso por maternidad, se contrate a una trabajadora en las mismas situaciones, pero que se encuentre desempleada en ese momento.
Este beneficio se aplica en ambas cuotas y durante el tiempo que dure la situación. En el caso de que no acabara el tiempo de descanso, y se reintegrara, las ventajas se extinguirán en el momento de su reincorporación a la empresa.
¿Existe una bonificación en el caso de ser empleada del hogar con familia numerosa?
Sí, existe. Todos aquellos empleadores que den de alta en la Seguridad Social a una trabajadora del hogar, tendrán derecho, durante toda la situación de alta en dicho régimen, a una bonificación del 45%, o del 30%, en el aporte a la cotización a la Seguridad Social, por contingencias comunes correspondientes. Deben obligatoriamente cumplir con los requisitos de patrimonio y/o renta de la unidad familiar o de convivencia de la persona empleadora.
Estas son algunas de las bonificaciones a las que se puede acceder, tanto la persona empleadora como la empleada del hogar, siempre y cuando se cumplan una serie de requisitos. Estas ayudas económicas, en su mayoría, reducción de cuotas, son un incentivo más para la contratación de las cuidadoras.