Las empleadas del hogar pueden cobrar un cheque de ayuda de 200 euros

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Las empleadas del hogar podrán cobrar el bono anticrisis de 200 euros siempre que cumplan con los requisitos de rentas exigidos.

Las empleadas del hogar siguen en el camino de ampliar sus derechos laborales. Sobre todo tras la ratificación del Convenio 198 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) por el Gobierno de España. Ahora podrán cobrar la prestación por desempleo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), y además, cotizarán por primera vez en la historia al Régimen General de la Seguridad Social, por lo que podrán alcanzar una pensión de jubilación.

De esta forma, el pasado 27 de junio entraron en vigor todas las medidas para que los posibles beneficiarios se acojan a las medidas que incluye ese documento legal. Se trata de un paquete dotado con 9.000 millones de euros que estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2022.

Esta subvención de 200 euros se dio a conocer el pasado sábado, 25 de junio, en el consejo extraordinario de ministros. En él se aprobó el decreto-ley con el segundo paquete de medidas anticrisis del Ejecutivo para hacer frente a la guerra de Ucrania.

Por tanto, las empleadas del hogar sí que podrán cobrar esta ayuda, pero siempre que estén dadas de alta en la Seguridad Social.

Una cuidadora tapa con una manta a una señora mayor en la cama

Requisitos para cobrar el cheque anticrisis de 200 euros

Las trabajadoras del hogar que lo deseen podrán solicitar a partir del mes de julio de 2022 la subvención directa de 200 euros que se recoge en el mencionado decreto-ley. Pero para ello, será necesario que se demuestre que, a título personal o familiar, se presenta una carencia de rentas anuales.

Teniendo presente el nivel de rentas del o la solicitante, solamente se podrán acoger el cheque aquellos que, en 2021, demuestren haber percibido unos ingresos inferiores los 14.000 euros al año. También se les va a pedir por Hacienda que se acredite un patrimonio inferior a los 43.196,40 euros anuales.

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Más requisitos para beneficiarse de la subvención:

  • Personas que trabajen por cuenta propia o por cuenta ajena y estén dados de alta en el régimen de la Seguridad Social que les pertenezca o en la mutua que les corresponda.
  • Quienes estén desempleados y estén inscritos en el SEPE.

En cuanto a las personas que no van a poder solicitar el bono anticrisis mientras trabajan, están las personas que cobran el Ingreso Mínimo Vital (IMV), ya que este va a sufrir una subida del 15%. Si alguna empleada del hogar recibe esta prestación no contributiva de la Seguridad Social, no va a poder cobrar la mencionada ayuda extraordinaria del Gobierno.

Esta ayuda se podrá solicitar hasta el 30 de septiembre y se acredita en Hacienda.

Comentarios para Las empleadas del hogar pueden cobrar un cheque de ayuda de 200 euros

33 comentarios

  1. Trabaje 5 años en la misma casa por tiempo completo y ahora me dan solo 4 horas puedo pedir la ayuda..gracias

    1. Buenas tardes, mi madre es empleada de hogar, cobra alrededor de 400 euros, no recibe ninguna ayuda, y necesitamos el cobro de los 200 euros por mi baja médica(hija), no tengo ninguna prestación o ayuda.

  2. Hola, Adriana. La cotización por desempleo en empleadas de hogar no es de carácter retroactivo. Puedes tener derecho a paro si en esos 4 años que nos indicas, has cotizado en otro tipo de régimen, es decir, si has ejercido otra profesión que sí sea de carácter retroactivo. ¡Un saludo!

  3. Soy empleada fe hogar desde noviembre de 2021y actualmente sigo en el mismo trabajo todo este tiempo cotizado no vale para el paro el dia mañana? de ser asi es injusto

  4. Hola, Buenos dias, llevo 1 año y medio como empleada del hogar, mi empleador ha fallecido en el mes de junio y hasta ayer 21 de septiembre la viuda e hijos del difunto me han dicho que no puedo continuar con ellos ya que su padre era quien se responsabilizaba de mis pagos y el pago de la seguridad social, ahora bien, ellos me han dicho que coja los días que le restan al mes libre y que me pagaran completo el mes y en ese momento es que tramitaran mi baja ante la seguridad social.
    Mi pregunta es: tengo derecho a algún tipo de indemnización o finiquito por este año y medio trabajado?, cabe destacar que mi contrato era indefinido a media jornada. De antemano muchas gracias.

    1. Hola, Paula. Sí tienes derecho a indemnización por fallecimiento del empleador (siempre y cuando sea la persona fallecida la que consta como titular del contrato). Esta indemnización corresponde a una mensualidad de salario completa. Esperamos que nuestra respuesta te haya sido de ayuda. ¡Un saludo! 🙂

    2. Hola.Estuve trabajando como empleada de hogar.Ahora estoy en desempleo.Tengo derecho a cobrar alguna ayuda,prestacion?Tengo cotizaciones solamente en este regimen.Gracias

    1. Hola, Lorena. Si te despiden durante el mes de diciembre, puedes optar a la prestación por desempleo, siempre y cuando hayas cotizado para el mismo al menos durante 6 meses. ¡Un saludo!

    1. Hola, Samira. La ayuda se solicita a través del formulario electrónico disponible en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Para la presentación de la solicitud es necesario disponer de Cl@ve o certificado electrónico (incluido DNI-e). ¡Un saludo!

  5. Buenos días,mi nombre es Costela tengo una pregunta .En 30 de octubre 2020 e tenido una intervención quirúrgica y después de 7 meses de baja a recidivado pero la doctora de cabecera me a dado de alta y de atonces no trabajo y debo de operarme otra ves .Mi pregunta es , de que ayuda puedo beneficiar como empleada de hogar y donde solicitarlo por qué el sepe a dicho que no tengo derecho a ninguna ayuda o prestación que ellos tiene.Un saludo,gracias

    1. Hola, Costela. Como empleada de hogar no existe derecho a paro salvo para aquellas empleadas dadas de alta a partir del 1/10/2022, que comenzarán a cotizar por desempleo.

    2. Hola,llevo trabajando en el mismo dormicilio 13 años,en caso de irme al paro,me constaría esos años o solo desde la ley nueva de empleadas de hogar?
      Gracias

    3. Hola. Estuve trabajando hasta el 22 de junio. Y hasta el 7 de septiembre no he vuelto a trabajar. ¿Puedo solicitar la ayuda si a fecha 27 de junio no trabajaba ni estaba inscrita como demandante de empleo?
      Gracias

    1. Hola, Estela. No estamos capacitados para valorar tu situación e informarte sobre este tema. Te recomendamos que acudas al SEPE y les expliques tu caso.

        1. Hola, Beatriz. La solicitud de la ayuda de 200 euros para personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio se presenta mediante el formulario electrónico disponible en la web de la AEAT 🙂 ¡Un saludo!

      1. Hola, Edgar. Estas ayudas se solicitan en la página de la Agencia Tributaria, en este enlace: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/GC51.shtml

    1. buenos días
      trabaje como empleada de hogar 4 años seguidos hasta este 30 de agosto que me han despedido de forma improcedente. me han pagado una indemnización. ahora estoy como demandante de empleo en el SEPE. tengo derecho a algún tipo de ayuda?

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